Paz Con la JEP se crea la Comisión para el
Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia
y la No Repetición. Foto: AFP
|
El Congreso aprobó en primer debate el acto legislativo
que será el corazón de la implementación del proceso de paz. Semana.com explica
qué contiene y por qué es importante.
Cómo es la Jurisdicción Especial para la El modo Fast
Track del Congreso de la República se volvió a activar esta semana. El miércoles, apenas
dos días después de reanudar labores, la Cámara de Representantes avanzó en uno
de los proyectos más importantes y polémicos del proceso con las FARC: la
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La
reforma constitucional será la que permita activar el nuevo sistema de justicia
al que llegarán los casos tanto de los guerrilleros, como de los militares y
civiles que tienen responsabilidades en el conflicto armado. Semana.com analiza
los 10 temas más importantes de esta norma.
1. Se crean ocho organismos nuevos
El
acto legislativo crea ocho órganos que serán los encargados de hacer efectiva
la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición durante el
posconflicto:
A)
La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la
Convivencia y la No Repetición: Su función esencial es determinar la verdad
de lo ocurrido en el conflicto y contribuir al esclarecimiento de las
violaciones e infracciones cometidas en el mismo. Se destaca que la información
y las pruebas obtenidas no se podrán trasladar a procesos penales.
Le
recomendamos: Néstor Humberto mete su mano dura en la Jurisdicción de Paz
B)
La Unidad de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas
Está
encargada de dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de acciones
para la búsqueda y la localización de personas dadas por desaparecidas en el
conflicto armado, o de sus restos.
C)
El Tribunal Especial para la Paz: Está conformado por
20 magistrados que se distribuyen en dos secciones de primera instancia, una
sección de Revisión de Sentencias, una sección de Apelación y la Sección de
Estabilidad y Eficacia. También se contemplan 13 magistrados adicionales
suplentes y cuatro juristas expertos extranjeros para intervenir como amicus
curiae suplentes o sustitutos.
Consulte:
Frente a Odebrecht, Uribe se defiende atacando
D)
La Sala de reconocimiento de verdad, de responsabilidad y
de determinación de los hechos y conductas: Esta sala está
encargada de: 1. Recibir informes de la Fiscalía, la justicia penal militar, la
Comisión de Acusaciones, la Procuraduría, la Contraloría, cualquier
jurisdicción y organizaciones de víctimas, 2. Ponerlos en conocimiento de los
involucrados y 3. Remitir el listado de las personas beneficiadas a la Sala de
Amnistía e Indulto, el caso a la Unidad de Investigación y Acusación si la
persona individualizada como responsable manifiesta su desacuerdo con el
informe y el Informe de Concusiones Finales al Tribunal Especial para la Paz.
Le
sugerimos: 8 cosas que pueden cambiar en el mundo con la llegada de Trump
E)
La Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas: Tiene como función
esencial definir la situación jurídica de todos quienes hayan accedido al
componente de justicia.
F)
La Sala de Amnistía e indulto: Este organismo
aplicará estas medidas por los delitos amnistiables o indultables, teniendo a
la vista las recomendaciones de la Sala de Reconocimiento de Verdad y
Responsabilidad y Determinación de los Hechos.
G)
La Unidad de Investigación y Acusación: Es una especie de
Fiscalía que realizará las investigaciones y ejercerá la acción penal ante el
Tribunal para la Paz.
H)
La Secretaría Ejecutiva: Este organismo se
encargará de la administración, la gestión y la ejecución de los recursos de la
Jurisdicción Especial para la Paz.
2. Se podrá presentar acción de tutela contra las
decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz pero con condiciones: Tal como se señala en
el acuerdo, será posible interponer acciones de tutela en contra de las
decisiones de la JEP, pero sólo podrán ser conocidas por el Tribunal para La
Paz. La Corte Constitucional podría seleccionar estas tutelas, pero sólo con la
aprobación unánime de dos magistrados de la Corte y dos del Tribunal para la
Paz. Sin embargo, en caso de ser seleccionada, no se podrá anular la decisión
sino que se remitirá el proceso a la JEP para que se ampare el derecho.
3. Se determinó la forma de selección y el régimen básico
de los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz: Los magistrados de la
JEP serán seleccionados por un Comité de Escogencia conformado por reglamento
expedido por el gobierno nacional. Deberán cumplir los mismos requisitos para
ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia, pero no se les aplicará la edad
de retiro forzoso. Así mismo, estarán facultados para elaborar las normas
procesales de la jurisdicción.
4. La Jurisdicción Especial para la Paz funcionará por 15
años (prorrogables): El plazo para la conclusión de las funciones de la JEP
será de 10 años contados a partir de la entrada efectiva en funcionamiento de
la totalidad de salas y secciones de la JEP, y un plazo posterior de cinco años
más para concluir su actividad jurisdiccional, plazo que de ser necesario podrá
ser prorrogado mediante ley.
5. No puede haber extradición: No se podrá conceder
la extradición ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición
respecto de hechos o conductas objeto de este sistema y en particular de la
JEP.
6. Los guerrilleros desmovilizados podrán participar en
política: Quedarán
en efecto suspensivo las condenas derivadas de delitos competencia del Tribunal
para la Paz impuestas por la justicia ordinaria o disciplinaria, hasta que
estas condenas hayan sido tratadas por la JEP para lo de su competencia.
Además, la imposición de cualquier sanción en la JEP no inhabilitará para la
participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o
pasivo, de participación política.
Consulte:
Los voceros de las Farc
7. Los beneficios de la Jurisdicción especial para la paz
son aplicables a los miembros de las Fuerzas Armadas: Los beneficios serán
aplicables únicamente a los miembros de la fuerza pública respecto de conductas
punibles cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con
el conflicto armado. Además se excluye la posibilidad de que cuando se condena
al Estado se dirija la condena también contra ellos.
8. Los miembros desmovilizados de la guerrilla podrán ser
funcionarios y contratar con el Estado: Los miembros de los grupos armados
organizados al margen de la ley, condenados por delitos relacionados con el
conflicto armado y que se desmovilicen, no estarán inhabilitados para ser
designados empleados públicos y para celebrar contratos con el Estado.
Lea:
Las 10 preguntas clave frente a la Ley de Amnistía
9. La responsabilidad no se podrá fundar sólo en la
jerarquía del imputado: La llamada teoría de la responsabilidad del
superior era uno de los temas más debatidos del acuerdo inicial. Por ello la
determinación de la responsabilidad del mando no se podrá fundar exclusivamente
en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción, sino en el control
efectivo de la respectiva conducta y en el conocimiento basado en la
información a su disposición.
10. Establece un listado de las sanciones aplicables que
estaban incluidas en el Acuerdo Final: Las sanciones aplicables a los
guerrilleros desmovilizados serán las señaladas en los acuerdos de paz, es
decir:
1.
A
quienes reconozcan verdad se aplicarán restricciones a la libertad de
residencia y movimiento junto con sanciones alternativas de cinco a ocho años.
2.
A
quienes no reconozcan la verdad se les aplicará la privación efectiva de
libertad entre 15 años y 20 años en caso de graves infracciones o violaciones. Por:
Semana.com – 19 – 01 – 2017
Comcrear Óriente: Organo de Expresión del Movimiento Cívico
“Ramón Emilio Arcila”
No hay comentarios:
Publicar un comentario