Resarcir
a las víctimas está en el centro del Acuerdo entre el Gobierno Nacional y
las
FARC-EP. En tal sentido en la Mesa de Conversaciones de La Habana, hemos
discutido y llegado a acuerdos sobre el punto 5 de la Agenda “Víctimas” que
incluye los subpuntos: 1. Derechos humanos de las víctimas y 2. Verdad,
tratando de dar contenidos que satisfagan las reivindicaciones de quienes han
sido afectados por la larga confrontación respecto a cuya solución política
hoy, mediante estos nuevos consensos e
importantes medidas y acuerdos de desescalamiento, hemos dado un paso fundamental de avance para la
construcción de la paz estable y duradera y la finalización de una guerra de
más de medio siglo que ha desangrado al país.
El
Gobierno Nacional y las FARC-EP, considerando la integralidad que debe caracterizar
el desarrollo de los numerales comprendidos en el punto Víctimas, iniciaron sus
análisis asumiendo la “Declaración de
principios”del 7 de junio de 2014, que
sería la base sobre la que se discutiría la temática respecto a la cual
llegamos a acuerdos centrales sobre: 1. Sistema integral de verdad, justicia,
reparación y no repetición y 2.
Compromiso con la promoción, el respeto y la garantía de los derechos humanos.
Dentro
de estos compromisos se incluyen trascendentales acuerdos como la creación de la Comisión para el Esclarecimiento de la
Verdad, la Convivencia y la No Repetición; la Unidad Especial para la Búsqueda
de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto; la
Jurisdicción Especial para la Paz y las medidas específicas de reparación. Todos
estos componentes se han articulado dentro de un Sistema Integral de Verdad,
Justicia, Reparación y No Repetición, al que se vinculan también medidas de no
repetición, precisando que sobre este último tema, aparte de la implementación
coordinada de todas las anteriores medidas y mecanismos, así como en general de
todos los puntos del Acuerdo Final se implementarán medidas adicionales que se
acordarán en el marco del Punto 3 – “Fin
del Conflicto” de la Agenda del Acuerdo General.
Durante
el desarrollo de los debates del punto 5 “Víctimas”, se puso en marcha la
Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas, la cual arrojó importantes
conclusiones de contenido diverso y plural en lo que concierne a los orígenes y
las múltiples causas del conflicto, los principales factores y condiciones que
han facilitado o contribuido a la persistencia del conflicto y los efectos e
impactos más notorios del conflicto sobre la población, todo lo cual se ha considerado como insumo
fundamental para el trabajo de la Comisión para el Esclarecimiento de la
Verdad, la Convivencia y la No Repetición.
Otras
medidas de primer orden tomadas en el marco de las discusiones del punto 5 “Víctimas” han sido: la firma de medidas y
protocolos para adelantar los programas de limpieza y descontaminación de los
territorios de minas antipersonal (MAP), artefactos explosivos improvisados
(AEI) y municiones sin explotar (MUSE),
o restos explosivos de guerra (REG); medidas inmediatas humanitarias de
búsqueda, ubicación, identificación y entrega digna de restos de personas dadas
por desaparecidas en el contexto y con ocasión del conflicto.
***
El
conflicto armado, que tiene múltiples causas, ha ocasionado un sufrimiento y un
daño a la población sin igual en nuestra historia. Son millones los colombianos
y colombianas víctimas de desplazamiento forzado, cientos de miles los muertos,
decenas de miles los desaparecidos de toda índole y un amplio número de
colectivos y poblaciones afectadas a lo largo y ancho del territorio, incluyendo
comunidades campesinas, indígenas, afrocolombianas, negras, palenqueras y
raizales, y Rom, partidos políticos, movimientos sociales y sindicales, gremios
económicos, entre otros. Sin olvidar otras formas menos visibles pero no menos
dolorosas de victimización, como la violencia sexual, las afectaciones
psicológicas, o la simple convivencia con el miedo.
En
reconocimiento de esta tragedia nacional, desde el Encuentro Exploratorio de
2012, acordamos que el resarcimiento de las víctimas debería estar en el centro
de cualquier acuerdo; y que la agenda para la terminación del conflicto debería
incluir un punto sobre las víctimas, como quedó consignado en el Acuerdo
General del 26 de agosto de 2012.
Por
esa misma razón, antes de abordar este punto de la Agenda, acordamos la
mencionada “Declaración de principios” que refleja ese compromiso con las
víctimas y ha servido de brújula de las conversaciones para asegurar que la
satisfacción integral de sus derechos a la verdad, la justicia, la reparación y
la no repetición, esté en el centro del acuerdo.
De
manera paralela, ampliamos los mecanismos de participación. Más de 3.000
víctimas participaron en cuatro foros en Colombia organizados por las Naciones
Unidas y la Universidad Nacional, y sesenta víctimas viajaron a La Habana para
dar sus testimonios directos a la Mesa de Conversaciones y ofrecer sus
recomendaciones, con el apoyo de la Conferencia Episcopal, las Naciones Unidas
y la Universidad Nacional. Sin contar las más de 17 mil propuestas, que por
diferentes medios, enviaron las víctimas y demás ciudadanos a la Mesa de
Conversaciones. Además 18 organizaciones colombianas de mujeres y 10 expertas
en violencia sexual fueron oídas por la Mesa de Conversaciones en pleno. Todas
las propuestas que recibimos de las víctimas fueron fundamentales para el logro
de los acuerdos.
Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No
Repetición
En
cumplimiento de nuestro compromiso de poner a las víctimas en el centro del
Acuerdo y en respuesta a sus testimonios, propuestas y expectativas, que oímos
de viva voz, el Gobierno Nacional y las FARC-EP acordamos crear el Sistema Integral
de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, y por esa misma razón hemos tomado las
medidas descritas anteriormente.
El
Sistema Integral parte del principio de reconocimiento de las víctimas como
ciudadanos con derechos; del reconocimiento de que debe existir Verdad plena
sobre lo ocurrido; del principio de reconocimiento de responsabilidad por parte
de todos quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto y
se vieron involucrados de alguna manera en graves violaciones a los derechos
humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario; del principio de satisfacción de los derechos
de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición,
sobre la premisa de no intercambiar impunidades, teniendo en cuenta además los
principios básicos de la Jurisdicción Especial para la Paz, entre los que se
contempla que “deberá repararse el daño causado y restaurarse cuando sea
posible”.
El
fin del conflicto debe contribuir a garantizar que cesen las violaciones e
infracciones, y es también una oportunidad para garantizar la satisfacción de
los derechos de las víctimas. La terminación definitiva de las hostilidades
brinda condiciones para que las víctimas se expresen sin miedo y reciban el
reconocimiento que les corresponde; una oportunidad para que todos a quienes
les quepa responsabilidad por violaciones a los derechos humanos o infracciones
al DIH hagan el correspondiente reconocimiento; y en consecuencia, una
oportunidad para aplicar con mayor efectividad medidas que garanticen la
verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
La
experiencia internacional demuestra que la efectividad de estas medidas es
mayor si se aplican de manera articulada y complementaria. Por eso el Sistema
pretende ser integral, para que las medidas logren un máximo de justicia y de
rendición de cuentas sobre las violaciones a los derechos humanos e
infracciones al DIH ocurridas a lo largo del conflicto. La integralidad del
Sistema contribuye también al esclarecimiento de la verdad del conflicto y la
construcción de la memoria histórica.
Entendemos
que una respuesta amplia y genuina a los derechos de las víctimas –en el marco
de la implementación de todos los demás acuerdos, que también garantizan
derechos– es la base de la justicia.
Para
cumplir con este propósito y avanzar en la lucha contra la impunidad, el
Sistema Integral combina mecanismos
judiciales que permiten la investigación y sanción de las graves violaciones a
los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional
Humanitario, en los términos que establece la Jurisdicción Especial para la
Paz, con mecanismos extrajudiciales complementarios que contribuyan al
esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido, la búsqueda de los seres queridos
desaparecidos y la reparación del daño causado a personas, a colectivos y a
territorios enteros.
Adicionalmente
se crearán, por fuera de la Jurisdicción Especial para la Paz,
mecanismos
judiciales tales como una unidad de investigación y desmantelamiento de las
organizaciones criminales, incluyendo las organizaciones criminales que hayan
sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo, y sus redes de apoyo,
referidas en el punto 3.4. de la Agenda del Acuerdo General.
El
Sistema Integral tiene un enfoque diferencial y de género, que se ajusta y
responde a las características particulares de la victimización en cada
territorio y cada población, y en especial a las necesidades de las mujeres y
de los niños y las niñas.
El
Sistema Integral hace especial énfasis en medidas restaurativas y reparadoras,
y pretende alcanzar justicia no solo con sanciones retributivas.
El
Sistema debe también garantizar a la vez la seguridad jurídica de quienes se
acojan a las medidas de justicia, como elemento esencial de la transición a la
paz.
El
éxito del Sistema Integral depende también de que encuentre la más amplia
aceptación en la sociedad.
Por
último, la integralidad del Sistema contribuye a sentar las bases para la
recuperación de la confianza, para la convivencia en un escenario de
construcción de paz, y para una verdadera reconciliación entre todos y todas
los colombianos y las colombianas.
Objetivos:
En
resumen, las diferentes medidas y mecanismos del Sistema Integral deben
contribuir al cumplimiento de los siguientes objetivos:
•
Satisfacción
de los derechos de las víctimas, mediante la combinación de mecanismos de
carácter judicial y extra-judicial.
•
Rendición
de cuentas, mediante el establecimiento de responsabilidades, todos los
participantes en el conflicto, de forma directa o indirecta, combatientes o no
combatientes, deberán asumir su responsabilidad por las graves violaciones e
infracciones cometidas en el contexto y en razón del conflicto armado.
•
No
repetición, mediante la aplicación de todas las medidas del Sistema –y de otras
que serán acordadas en el Punto 3 de la Agenda– para impedir la revictimización
y la repetición, alentar el rechazo de la sociedad a la guerra y sus efectos,
afianzar la terminación del conflicto, e impedir el surgimiento de nuevas
formas de violencia.
•
Enfoque
territorial, diferencial y de género,mediante el tratamiento diferenciado de
territorios y poblaciones, en especial de las víctimas mujeres, de los niños y
las niñas, y de las poblaciones y a los colectivos más humildes y más
vulnerables, y por tanto más afectadas por el conflicto.
•
Seguridad
jurídica, mediante el cumplimiento de las condiciones del Sistema Integral y en
especial de la Jurisdicción Especial para la Paz, con las garantías necesarias
del debido proceso.
•
Convivencia
y reconciliación, mediante la construcción de confianza en el otro a partir de
las transformaciones positivas que en el seno de la sociedad generen los
acuerdos de paz, en especial mediante el reconocimiento de las víctimas, el
reconocimiento y establecimiento de responsabilidades, y en general el
reconocimiento por parte de toda la sociedad de la necesidad de aprovechar esta
oportunidad para construir un mejor futuro sobre la base de la justicia social,
el respeto y la tolerancia.
•
Legitimidad,
respondiendo a las expectativas de las víctimas, de la sociedad en general, y a
las obligaciones nacionales e internacionales del Estado colombiano, incluyendo
el cumplimiento de lo pactado en el Acuerdo Final.
Componentes:
El
Sistema Integral estará compuesto por los siguientes cinco mecanismos y
medidas:
•
Comisión
para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición: Será
un órgano temporal y de carácter extra-judicial, que busca conocer la Verdad de
lo ocurrido y contribuir al esclarecimiento de las violaciones e infracciones y
ofrecer una explicación amplia a toda la sociedad de la complejidad del conflicto;
promover el reconocimiento de las víctimas y de las responsabilidades de
quienes participaron directa e indirectamente en el conflicto armado; y
promover la convivencia en los territorios para garantizar la no repetición.
•
Unidad
especial para la búsqueda de personas dadas por desaparecidas en el contexto y
en razón del conflicto armado: Será una unidad especial de alto nivel de
carácter humanitario y extrajudicial, cuyo objetivo es dirigir, coordinar y
contribuir a la implementación de acciones humanitarias de búsqueda e
identificación de todas las personas dadas por desaparecidas en el marco del
conflicto que se encuentren con vida, y en los casos de fallecimiento, cuando
sea posible, la localización y entrega digna de restos. Las actividades de la
Unidad no podrán ni sustituir ni impedir las investigaciones judiciales a que
haya lugar en cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado.
Jurisdicción Especial para la Paz:
El
23 de septiembre anunciamos que habíamos logrado un acuerdo sobre Jurisdicción
Especial para la Paz. Hoy damos a conocer a la opinión pública el texto
completo de ese acuerdo:
•
La
Jurisdicción Especial para la Paz ejercerá funciones judiciales de manera
autónoma y preferente sobre los asuntos de su competencia. Los objetivos de
esta Jurisdicción son satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia,
ofrecer verdad a la sociedad colombiana, proteger los derechos de las víctimas,
contribuir al logro de una paz estable y duradera, adoptar decisiones que
otorguen plena seguridad jurídica a quienes participan de manera directa o
indirecta en el conflicto armado interno, y deberá hacer énfasis en el fin de
la impunidad.
•
La
Jurisdicción estará constituida por una serie de salas de justicia, entre las
que se incluye una Sala de Amnistía e Indulto, y un Tribunal para la Paz, para
administrar justicia e investigar, esclarecer, perseguir y sancionar las graves
violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho
Internacional Humanitario. Todas las actuaciones en el componente de justicia,
de conformidad con las reglas aplicables a la Jurisdicción Especial para la
Paz, respetarán los derechos fundamentales al debido proceso, defensa,
asistencia de abogado, presunción de inocencia, y la independencia e
imparcialidad de los magistrados de las Salas y secciones así como de los
integrantes de la Unidad de Investigación y Acusación. Todas las decisiones
judiciales sobre las responsabilidades y sanciones de personas serán
debidamente motivadas y fundamentadas en pruebas confiables y admisibles ante
tribunales de justicia. La Jurisdicción Especial incluye un capítulo específico
sobre los contenidos, alcances y límites de la concesión de amnistías e
indultos, indicando entre otros aspectos que “A la finalización de las
hostilidades, de acuerdo con el DIH, el Estado colombiano puede otorgar la
amnistía “más amplia posible. No serán objeto de amnistía ni indulto ni beneficios
equivalentes los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes
de guerra, entre otros graves crímenes y violaciones a los derechos humanos.
•
Medidas
de reparación integral para la construcción de la paz: Se trata de medidas que
buscan asegurar la reparación integral de las víctimas, incluyendo los derechos
a la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y la no
repetición; y la reparación colectiva de los territorios, las poblaciones y los
colectivos más afectados por el conflicto y más vulnerables, en el marco de la
implementación de los demás acuerdos. Con este fin, se fortalecerán los
mecanismos existentes, se adoptarán nuevas medidas, y se promoverá el
compromiso de todos con la reparación del daño causado.
•
Garantías
de No Repetición: Las garantías de no repetición son el resultado, por una
parte, de la implementación coordinada de todas las anteriores medidas y
mecanismos, así como en general de todos los puntos del Acuerdo Final; y por la
otra, de la implementación de medidas de no repetición que se acuerden en el
marco del Punto 3 – “Fin del Conflicto”.
Los
distintos mecanismos y medidas de verdad, justicia, reparación y no repetición,
en tanto parte de un sistema que busca una respuesta integral a las víctimas,
no pueden entenderse de manera aislada. Estarán interconectados a través de
relaciones de condicionalidad y de incentivos para acceder y mantener cualquier
tratamiento especial de justicia, siempre fundados en el reconocimiento de
Verdad y responsabilidades. El cumplimiento de estas condicionalidades será
verificado por la Jurisdicción Especial para la Paz.
Ningún
mecanismo del Sistema primará sobre otro. Cada mecanismo deberá cumplir su
función principal de la manera más ágil posible y sin duplicar aquellas de los
otros mecanismos, para lo cual se establecerán los protocolos de colaboración
necesarios.
Por
último, agradecemos a las víctimas por
su participación decidida, sus testimonios generosos y sus propuestas, sin las
cuales no hubiera sido posible construir este Acuerdo, y las alentamos a
participar activamente en su implementación y en la construcción de la paz.
Esperamos
que con la implementación de éste y de todos los Acuerdos se asegure la
dignificación de las víctimas, se haga justicia y se sienten las bases para
acabar para siempre con la violencia del conflicto en el país, y para que nunca nadie más en Colombia sea
víctima. La Habana, 15 de diciembre de 2015
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